DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida, en consecuencia se le ordena al ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, antes identificada, acudir a todas las citas que paute el Equipo Técnico Multidisciplinario, a fin de cumplir cabalmente con la medida de Libertad Asistida. Asimismo, se deja sin efecto la declaratoria de Rebeldía decretada en fecha 19-01-2010, y su consecuente orden de ubicación. Se ordena oficiar a los organismos de seguridad competentes. Por último, se le informó que en caso de incumplir con las obligaciones se le podría revocar las medidas e imponer en su lugar, la Sanc.....