DISPOSITIVA
Vistos los recaudos existentes en la presente causa mediante los cuales se constata que la ciudadana MARIA JOSE HERNANDEZ FREYTEZ, y los adolescentes y niños .........., ............., .............. y ..............., de dieciséis (16), trece (13), nueve (09) y años de edad, y once (11) meses de nacido tienen la cualidad que se les señala como legítimos la primera esposa y los últimos hijos del difunto MIGUEL RAMÓN SOTELDO RODRIGUEZ. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a los ciudadanos MARIA JOSE HERNANDEZ FREYTEZ, DORALIS JOSEFINA VARGAS CHIRINOS, JENNY YULLIMAR LEDEZMA PEREZ y JAN NACELIS SALCEDO, titulares de las Cédulas de Identidad números V-17.945.753, V-12.528.818, V-14.540.856 y V-14.177.145, respectivamente la primera en representac.....