DISPOSITIVA
Ahora bien después de un estudio de todas y cada una de las actuaciones que integran el presente expediente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, sobre los bienes dejados por el fallecido ORLANDO JOSE GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.866.552, a su viuda AZORENA DEL CARMEN HERNANDEZ DE GONZALEZ, y a sus hijos CARLOS ENRIQUE GONZALEZ RODRIGUEZ , ORLANDO JOSE GONZALEZ REYES, FRANCISCO JOSE GONZALEZ HERNANDEZ, LORENA DEL CARMEN GONZALEZ HERNADEZ y MARIA MAGDALENA GONZALEZ HERNANDEZ, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-11.543.103, V-11.080.913, V-12.527.252, V-13, 226.188, V-14.091.497, y los adolescentes (se omiten), act.....