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Decisiones del dia 15/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Protección LOPNA
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 8876-08 N° Sentencia : Fecha: 15/07/2008
Procedimiento:
Disuelto El Vìnculo Matrimonial
Partes:
ANACARYS PEREZ DIAZ Y DENNY JOSE RODRIGUEZ TOVAR
Resumen:
DECISION Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: ANACARYS PEREZ DIAZ y DENNY JOSE RODRIGUEZ TOVAR, titulares de las Cédulas de Identidad números V-15.071.529 y V-13.555.212; en virtud del matrimonio civil contraído ante la Prefectura del Municipio Araure del Estado Portuguesa; en fecha 05 de Agosto de 2000, según consta del Acta de Matrimonio Nº 201. Y Así se Declara. Respecto a la niña: .............., actualmente de siete (07) años de edad respectivamente. La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza y de conformidad con lo previsto en el Artículo 358, eiusdem, será ejercida conjuntamente por ambos.....
Juez/Ponente:
Zelideth C Gonzalez Quintero
Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
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N° Expediente : 8878-08 N° Sentencia : Fecha: 15/07/2008
Procedimiento:
Disuelto El Vìnculo Matrimonial
Partes:
IRENE MAGDALENA YEPEZ SEGURA Y RAFAEL ANTONIO MEDINA LOPEZ
Resumen:
DECISION Por los motivos antes expuestos y sus fundamentos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: IRENE MAGDALENA YEPEZ SEGURA y RAFAEL ANTONIO MEDINA LOPEZ, titulares de las Cédulas de Identidad números V-15.492.566 y V-16.292.436; en virtud del matrimonio civil contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, en fecha 21 de Julio de 1998, según consta del Acta de Matrimonio Nº 242. Y Así se Declara. En consecuencia a la niña: .........., de cuatro (04) años de edad respectivamente. La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza y de conformidad con lo previsto en el Artículo 358, eiusdem, será ejercida conjuntament.....
Juez/Ponente:
Monica Fanzutto Diaz
Organo:
Juzgado de Protección LOPNA
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