DISPOSITIVA
Ahora bien después de un estudio de todas y cada una de las actuaciones que integran el presente expediente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, sobre los bienes dejados por el fallecido JOSE ANGEL GALANTÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-538.106, a su esposa ARBA MIRLENA GARCIA NÚÑEZ DE GALANTÓN y sus hijos ANGEL RUBEN GALANTON GARCIA, AYMARA MILENA GALANTÓN GARCIA, JOSE JOAQUIN GALANTÓN PADILLA, TIRSA OMAIRA GALANTÓN PADILLA, YNDIRA DEL VALLE GALANTÓN PADILLA, JESUS ANGEL GALANTÓN PADILLA, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-15.213.549, V-16.865.450, V-9.840.901, V-11.549.200, V-11.549.199, y V-13.072.342; y sus nietas (se omit.....