Se corrige la sentencia definitiva dictada en la presente causa, el 21 de septiembre de 2015, en el sentido de que se declaró que la demandante, ESTHER GUEVARA DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, domiciliada en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 1.124.462, mantuvo una relación concubinaria con el ahora fallecido JOBINO ANTONIO ESCALONA YÉPEZ, quien en vida, era venezolano, mayor de edad, divorciado y titular de la cédula de identidad V 2.597.882 desde el 15 de enero de 1997 hasta el fallecimiento de éste, el 11 de junio de 2014.