...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal entre la demandante y el demandado, en virtud del matrimonio que celebraron el 2 de agosto de 1995 ante la Prefectura del Municipio Páez, como consta en acta de matrimonio, asentada bajo el número 266, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios que llevaba la Prefectura del Municipio Páez, durante el año 1995.