Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la causa iniciada por solicitud de autorización para separarse del hogar, presentada por MARÍA ELENA ARAQUE SÁNCHEZ, ya identificada, contra ALEJANDRO ELEUTERIO SÁNCHEZ, también identificado, ACUERDA dicha solicitud y AUTORIZA a la misma solicitante a separarse del hogar común por sesenta días continuos a partir de la fecha de esta decisión.