...por lo que la acción debe ser declarada Sin Lugar, como así lo hace el Tribunal. Seguidamente el Tribunal hace un pronunciamiento con relación a las costas: no está acreditado que los querellantes hayan actuando de manera temerario en la interposición de la acción, por lo que se les exonera de costas, conforme a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. El Tribunal publicará la versión completa del fallo en su oportunidad legal, y una vez realizada tal publicación se remitirán las actuaciones en consulta al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, que es el competente para decidir en primera instancia de la presente acción. Además se advierte a las partes que contra la decisión que aquí se dicta no hay recurso alguno, dado que según lo explicado debe ser consultada y es contra la sentencia del Tribunal competente que confirme lo aquí decidido, lo modifique o lo revoque, q.....