Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de NORMA MARÍA VIRGÜEZ ARRIECHE, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 8.664.568, y designa como TUTOR INTERINO a su hermano JOSÉ DE LA PAZ VIRGÜEZ ARRIECHE, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 5.941.278.