Este auto y el correspondiente mandamiento de ejecución se explican por si mismos y ninguna ambigüedad o imprecisión contienen, a lo que cabe agregar que la decisión ya fue ejecutada en fecha 16 de abril de 2012, por el referido Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y ospino del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, por lo que SE NIEGA la solicitud de aclaratoria.