...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SUBSANADO por la parte demandante, en su diligencia del 21 de julio de 2015, el defecto de forma, que por imprecisa indicación de la fecha en la que habría finalizado la relación estable de hecho, entre la demandante ELVIRA MARÍA NOGUERA RANGEL y el demandado NILO ANTONIO VEGAS GONZÁLEZ cuya existencia se discute en la presente causa y SE DESECHA la impugnación de la subsanación de dicho defecto de forma, que propuso la representación del demandado en la misma fecha 21 de julio de 2015.