Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la causa iniciada por demanda de cobro de bolívares intentada mediante apoderado por el procedimiento por intimación, por "FINANCIAUTO ACARIGUA, C.A." ya identificada, contra OLINTO JOSÉ COLMENARES y ADDISON AQUILES ARMEYA FERNÁNDEZ, también identificados.