DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO a la demanda, presentado por la demandada, ciudadana DILCIA MERCEDES SALCEDO MOGOLLON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.141.932.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO presentado como documento fundamental de la acción que cursa en el folio tres (3) del presente expediente, que fue consignado y que se refiere a las actuaciones celebradas entre la ciudadana DILCIA MERCEDES SALCEDO MOGOLLON venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.141.932, por una parte, y por la otra, la ciudadana YEZENIA A.....