DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por motivo de REINVINDIACIÓN DE INMUEBLE, incoada por el Abg. JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MACÍAS, actuando como Apoderado Judicial de los ciudadanos: PAUSIDES ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, MARIA DE LOS ANGELES PEREZ RODRIGUEZ, IRMA DEL CARMEN PEREZ DE GUEDEZ, FORTULIO ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, BLAS ANTONIO PEREZ RODRIGUEZ, ELIGIA RAMONA PEREZ RODRIGUEZ, OTILIO RAFAEL PEREZ RODRIGUEZ Y CARMEN DILUVINA PEREZ RODRIGUEZ, todos plenamente identificados en autos, sobre el bien inmueble destinado para vivienda principal, ubicado en la Calle Carlos Alberto Pelayo, Barrio Curazao, de la ciudad Ospino Municipio Ospino del Estado Portuguesa.
SEGUNDO: hay conde.....