D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes Expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa - Acarigua, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO, que rige entre los ciudadanos: LEONARDO JOSÉ LINARES TROCEL y MARYELIS ANABEL RODRÍGUEZ SANCHEZ, en virtud de que Contrajeron Matrimonio Civil en fecha Veintiocho de abril de dos mil cinco (28-04-2005); por ante la Jefatura Civil del Municipio Páez de Acarigua, Estado Portuguesa, según se evidencia en del Acta de Matrimonio número 156; de los Libros de Registro Civil llevados por ese despacho. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del.....