DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se aprueba la HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL en los términos por ellos expuestos en el escrito consignado en fecha 06/11/2023 (folios 89 al 90 de esta pieza), por los ciudadanos GENARO DE JESUS CHACON BAEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 221.344, en su condición de apoderado judicial del ciudadano: MARIO PASTORIVO ROJAS, titular de la cedula de identidad V-8.657.590, y la ciudadana SARA ESTHER PEROZO LOPEZ, titular de la cedula de identidad V-16.861.694, asistida en ese por la abogada en ejercicio YULEIXA RDORIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 204.118, ya que la misma se encuentra ajustada.....