Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO No 53, del ciudadano: LUIS ENRIQUE LOPEZ, llevado por ante la Prefectura del Distrito Páez (hoy en día Registro Civil del Municipio Páez) del Estado Portuguesa, durante el año mil novecientos Cincuenta y Seis (1.956) dejándose establecido que el verdadero nombre de la madre del solicitante es "ASENCION" y no "ASUNCION" como aparece en la Partida de Nacimiento.- De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-