III.
DECISIÓN.
Por todos los motivos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA en este litigio de la parte demandada, Sociedad mercantil MAKRO CARNES ARAURE SS. C.A., en conformidad con lo dispuesto por los artículos 362 y 868 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la presente acción por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE (USO COMERCIAL), incoada en fecha 09 de mayo de 2023, por las ciudadanas MARLENE MUCHATI ZAKER y VIVIANA MUCHATI ZAHER, en contra de la Sociedad mercantil MAKRO CARNES ARAURE SS. C.A.
TERCERO: Se ORDENA a la accionada sociedad mercantil MAKRO CARNES ARAURE SS. C.A., hacer entrega a la parte demandante, el bien inmueble objeto de este j.....