Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento del procedimiento y de la acción hecha por la ciudadana: HEIDY YANETH GONCALVES MARCHAN, asistida por el abogado en ejercicio DURMAN ELIGREG RODRÍGUEZ SORONDO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.006 y la conformidad de el mismo manifestada por la ciudadana ELIZABETH YANNERY MARCHAN DELGADO, asistida por la abogado en ejercicio ciudadana KATIUSKA BETANCOURT BUSTAMANTE . En Consecuencia, conforme a los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, imparte su Homologación y le da autoridad de Cosa Juzgada.- Se acuerda devolver las letras de cambio original, Igualmente se suspende la medida de prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en f.....