DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por motivo de REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE incoada por la ciudadana MERCEDES DEL CARMEN LEAL MOYETONES, contra el ciudadano MARIO JOSE LEAL MOLLETONES, plenamente identificados en autos, sobre el bien inmueble consistente en un inmueble ubicado en la avenida 51 con calle 30, casa S/N, del Barrio Bella Vista II, Sector I, Acarigua, Jurisdicción del Municipio Páez del Estado Portuguesa, cuyos linderos se identifican en el libelo por NORTE: Avenida 51; SUR: Eva María Páez; ESTE: Calle 30 y OESTE: Juan Amaro, con una superficie descrita en el Libelo de demanda de Un Mil Ciento Veinte metros cuadrados (1.120 m2), cuya propiedad, consta.....