DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, conforme a lo pautado en los Artículos arriba indicados, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento del procedimiento mas no de la acción; realizada por la Abogada BLANCA BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.364, en su condición de Endosataria en Procuración de la ciudadana GLADYS JOSEFINA ALVAREZ PIÑANGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.536.166, parte actora en la presenta Causa, se ordena oficiar de la presente decisión al Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, a fin de que levante la Medida de Embargo Ejecutivo practicada en fecha 17-07-2007 por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Cres.....