DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento iniciado por demanda por DAÑOS MATERIALES OCASIONADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por el ciudadano ALBERTO GONZALEZ GRILLO, contra la Empresa CICLOMOTRIZ BARRERA C.A (CICLOBARCA), representada legalmente por su presidente y su vicepresidente, ciudadanos JULIO ARAMIS BARRERA DE LA HOZ Y GUILLERMO ANGEL BARRERA DE LA HOZ, y contra el ciudadano JHON JAIRO TEJERA SALAZAR, ambas partes identificadas en la presente decisión.-
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.-
Notifíquese mediante boleta a la parte acto.....