Por los anteriores razonamientos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa al estado de admisión de la demanda, formulada por la ciudadana SHIOMARA VALBUENA, en su condición de Gerente de la empresa demandada, SEGUROS NUEVO MUNDO S.A. Así se Decide.-
No hay condenatoria en costas la naturaleza de la decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Acarigua, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil doce. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación
El Juez,
Abg. José Gregorio Marrero Camacho.-
La Secretaria,
Abg. R.....