DECLARA, estas diligencias suficientes para asegurarles al ciudadano: GABRIEL DJOSKI YAKUR, ante identificado, el derecho de propiedad y posesión, sobre las bienhechurias determinadas, quedando siempre a salvo los derechos de tercero.- Se deja constancia que fue presentada la Copia simple del Documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Araure, San Rafael de Onoto y Agua Blanca del Estado Portuguesa, en fecha 19 de Diciembre del año 200, Bajo el número 7, folio treinta y cuatro (34) al folio Treinta y ocho (38, Protocolo Primero, Tomo Noveno, Cuarto Trimestre del año 2000, para que el solicitante se provea del respectivo TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurias edificadas dentro de la referida parcela de terreno.- Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas.-