HOMOLOGACIÓN, a la Transacción realizada en el procedimiento seguido por el ciudadano EDECIO ALBERTO ROJAS OVALLES contra el ciudadano GIUSEPPE LEONE LEOPARDI en el juicio de COBRO DE BOLIVARES Vía Intimatoria todo conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En Consecuencia.-
Se ordena levantar la medida acordada en auto de fecha 19 de Julio de 2006 y oficiada en fecha 20 de Julio de 2006, con oficio N° 449.-