DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por los ciudadanos: VILLEGAS GUILLEN MARIA EVA y OCHOA MARTINEZ HIPOCRATES DEL ESPIRITUSANTO, antes identificados en autos según el Artículo 185-A del Código civil.- En consecuencia, conforme al artículo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante: el alcalde del Municipio Esteller, en la Avenida Rómulo Gallegos, Píritu, Municipio Esteller, Estado Portuguesa, según consta en el libro de matrimonio, bajo el Nº 05.