Este Juzgado al considerar que el DESISTIMIENTO es un acto de auto composición procesal en la materia que se examina, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 10 de mayo de 2006, caso Dulce Elena El Quza Suaréz contra Alcaldía del Municipio Sucre Sabana de Mendoza del Estado Trujillo, con ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, se ha pronunciado en el sentido ... (omisis) "en cuanto al desistimiento cabe señalar la sentencia de la Sala Civil, de fecha 11 de agosto de 1993, ratificada el 24 abril de 1998, estima que nada obsta para que el trabajador pueda desistir en un proceso laboral, siempre y cuando tal acto revista todos los requisitos necesarios para tenerse como válido, en efecto, puede el trabajador desistir del proceso mediante el cual reclama derechos que éste pretende y siendo un derecho del demandante, y una de las formas permitidas por la ley, de autocomposición procesal, resulta procedente y ajustado a derecho, en consecue.....