Asunto: PP01-S-2005-000001
Visto la anterior solicitud presentada por los ciudadanos Giovanny Antonio Alvarado Moreno, Isidro Antonio Barrios, Danis Antonio Betancourt Caldera, José Reyes Bolívar García, José Gregorio Briceño Moscoso, Ana Margarita Caraballo, Julio César Castillo, Yolimar Coromoto Castillo Vela, Otilio Antonio Colmenares y otros, en contra de la Alcaldía de Guanare del Estado Portuguesa, este Juzgado estando en la oportunidad de la admisión, observa: Que ninguno de los solicitantes de la calificación de despido a que se contrae la presente solicitud, percibe un salario superior a Bolívares 633.600,00, vale decir, que se encuentran amparados por el Decreto número 3.154, dictado por el Ejecutivo Nacional y publicado en la Gaceta Oficial número 38.034 en fecha 30 de septiembre de 2004, que prorrogó la inamovilidad especial laboral por seis (06) meses mas, desde el 01 de octubre de 2004 hasta el día 30 de marzo de 2005, y que fija dicho tope salarial para su aplic.....