REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, veintidós de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: PP01-L-2005-000257
Visto el escrito de demanda y el de subsanación de la misma, conforme fue ordenado por este Tribunal, presentado por el abogado Manuel Ricardo Martínez, identificado con matricula de Inpreabogado Nº 15.962 apoderado judicial del demandante, ciudadano Uslar Manuel González Sánchez, titular de la cédula de Identidad Nº 8.051.818; este Juzgado observa que de autos no se evidencia la existencia de una relación contractual que vinculara entre sí a los intervinientes en este procedimiento y no estando claramente deslindada dicha relación de trabajo, es forzoso para esta sede judicial presumir que la presente acción se encuentra enmarcada en lo que la doctrina ha denominado "contencioso funcionarial", esto es, la relac.....