DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00659-2010, de fecha 14/12/2010, contenida en el expediente Nº 029-2010-01-00487, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO PORTUGUESA, SEDE GUANARE, en las cual se declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos formulada por el ciudadano CASTILLO MUJICA JORGE LEONARDO. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión y por gozar la recurrida del privilegio establecido en el artículo 76 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parci.....