DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ordena remitir el presente asunto al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción judicial del estado Portuguesa con sede en Guanare, a los efectos de que se pronuncie sobre la comparecencia de la parte demandada al inicio de la audiencia preliminar, sin la debida acreditación como apoderado Judicial en la presente causa, en consecuencia no se pronuncia sobre el fondo de la causa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado,.....