DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano RICARDO JOSE DOMINGUEZ JURADO en su condición de representante legal de INVERSIONES y TRANSPORTE R&S C.A., parte co-demandada asumiendo en nombre de su representada la responsabilidad total en la presente causa, liberando de responsabilidad con su pago a los co-demandados RICARDO JOSE DOMINGUEZ JURADO y SANDRA LORENA MEJIA DE DOMINGUEZ, CARLOS ALBERTO MUJICA MARIN con el ciudadano ERNESTO ARCANGEL URLACIO MEJIA, en los términos planteados.
La Jueza de Juicio
Abg. Anelin Lissett Alvarado Herrera
La Secretaria
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