DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción interpuesta por el ciudadano ALEXANDER JOSÉ SALAS MUÑOZ, contra la empresa AUTOPULLMAN DE VENEZUELA C.A., motivo: cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales; en consecuencia se ordena pagar a los codemandados las cantidad de TREINTA Y UN MIL, OCHOCIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES, CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 31.817,89) más los intereses de mora y la indexación monetaria, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada empresa AUTOPULLMAN DE VENEZUELA C.A., de conformidad con lo establecido en el articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certif.....