DISPOSITIVA.
Por razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación formulada en fecha 07 de Julio del año 2004, por la Abogado Mariangel León, Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadano Leonardo León, contra Acta de fecha 01 de Julio del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, que difirió la celebración de la audiencia preliminar, no declaró la admisión de los hechos, aun verificándose la incomparecencia de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE REVOCA el acta de fecha 01 de julio de 2004, dictada por el Juzgado.....