IV
DECISIÓN
Este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el abogado JUAN ERNESTO RONDÓN en su carácter de representante judicial de la empresa PROMOCIONES TURÍSTICOS EL MOLINO, C.A., contra auto dictado en fecha 14/05/2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
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No hay condenatoria al pago de las costas procesales del recurso en razón a la naturaleza de lo decidido.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial de estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a los tres (3) días del mes de junio del año dos mil ocho.
Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación......