Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso apelación interpuesto por el abogado CARLOS CEDEÑO en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante-recurrente ciudadano LUIS JOSÉ ROJAS PARADA, contra la sentencia de fecha 13 de mayo del año 2010, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua.
SEGUNDO: SE DECLARA PROCEDENTE, la litispendencia solicitada por el abogado CARLOS CEDEÑO en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante-recurrente y, en consecuencia la extinción de las causas signadas con las nomenclaturas PP21-L-2009-000444 y PP21-L-2009-000499.
TERCERO: SE R.....