DISPOSITIVA.
Por razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR: la apelación formulada en fecha 20 de Abril del año 2005, por el Ciudadano José Yépez Rivas, en su carácter de parte demandante, asistido por el Abogado Miguel Hernández, contra el auto de fecha 13 de Abril del año 2005, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa, sede Guanare, que DECLARO QUE LA NOTIFICACION, se práctico conforme a lo ordenado, en el domicilio procesal que señalo el demandante en el libelo de demandada.
SEGUNDO: CONFIRMA: el auto de fecha 13 de Abril del año 2005, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Ju.....