DISPOSITIVA.
Por razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada en fecha 03 de marzo del año 2005, por el Abogado Jadalla Charani, intimante en la presente causa, contra sentencia de fecha 24 de febrero de 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: REVOCA la sentencia de fecha 24 de febrero del año 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, que declaró parcialmente con lugar la demanda por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentada por el abogado Jadalla Cha.....