DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS requerida por el ciudadano IGNACIO AMATO BENINATO, asistido por el Abogado MARLUIN TOVAR RODRIGUEZ, actuando en sus condición de Representante Legal de la parte recurrente en la presente causa, COMERCIALIZADORA AMATO, C.A., contra el ACTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO CONTENIDO EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO No US-PCB-0024-2012, PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA DICTADA EN FECHA 11 DE JULIO DE 2012 emanado de la DIRECCION ESTADAL DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (DIRESAT), mediante la cual declara Con Lugar la Propuesta de Sanción que acarrea una multa por encontrarse incursa en la infracción prevista en el artículo 119, numeral 6º y artículo 120, numeral 1º de.....