DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado LAURENCE RAFAEL MIQUELENA NUÑEZ, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada CENTRO MEDICO LOS PROCERES C.A. (CEMEDPROCA), contra la decisión de fecha 06/04/2018, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Portuguesa, sede Guanare; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 06/04/2018, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Portuguesa, sede Guanare; modificándose la argumentación expresada en la motiva.
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