Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado interpuesto por el abogado LUIS GERARDO PINEDA, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 23 de septiembre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa, con sede en Guanare.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de 23 de septiembre del año 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS del recurso de apelación interpuesto por no devengar el trabajador más de tres sala.....