Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DANIEL SANTOS MENDOZA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 12 de abril del año 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 12 de abril del año 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante-recurrente, de conformidad con el artículo 6.....