DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA, la apelación formulada en fecha 24 de febrero del 2005, por la Abogada Lisbeth Carolina Vargas en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Lilibeth Torres,) contra el Auto del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Portuguesa con Sede en Acarigua, de fecha 17/02/2005, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: REVOCA: El auto de fecha 17/02/2005, dictado por el Juzgado Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Circuito Judicial Laboral Del Estado Portuguesa y ORDENA que el A-quo proceda a la revisión del escrito de subsanación presentado por la parte de.....