En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir sobre el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado JUAN ERNESTO RONDÓN PÉREZ, actuando como representante judicial de la parte recurrente en la presente causa, ciudadano ELIEZER MOISÉS LÓPEZ GIL, contra la decisión publicada en fecha trece de junio del año dos mil catorce (13/06/2014), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Guanare; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN ERNESTO RONDÓN PÉREZ, actuando como representante judicial de la parte recurrente en la presente causa, ciudadano ELIEZER MOISÉS LÓPEZ GIL, contra la decisión pu.....