En virtud de la incomparecencia de la parte demandante al inicio de la Audiencia Preliminar, este Tribunal actuando dentro de las facultades conferidas en Ley, procede aplicar las consecuencias legales previstas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de ley Decreta:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, intentada por los ciudadanos RICHARD JOSE MEDINA PEREZ, RICARDO ANTONIO COLMENREZ, WILLIANS ALBERTO CASTILLO PEÑA, WILMER ALEXANDER MENESES MEDINA, JOSE BALDOMERO AYOLA ORTIZ, MANUEL SEGUNDO CASTRO LAMEDA, HENRY ALEJANDRO LOPEZ CAMACHO Y REINALDO JOSE MONTESINOS contra NVERSIONES LAMD y ANGEL MARCOS LABRADOR, MIGUEL ANGEL LABRADOR FRANCO, ANTONI DAVID LABRADOR APONTE y MARIA DE LOS ANGELES LABRADOR VELAZQUEZ.
Se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez quede firme la presente decisión.
LA JUEZ, .....