En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO PORTUGUESA declara: IMPROPONIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por el ciudadano GUILLERMO GREGORIO JIMENEZ en contra de la empresa MATERIALES ALPECA C.A., en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso de Ley para ejercer los recursos respectivos. Publíquese, Regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Acarigua, a los 16 días de marzo de 2011
En consecuencia este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO PORTUGUESA declara: IMPROPONIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por el ciudadano GUILLERMO GREGORIO JIMENEZ en contra de la empresa MATERIALES ALPECA C.A., en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurrido el lapso de Ley para ejerc.....