DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales, interpuesta por los ciudadanos DANNY JOSE CASTILLO COLON, LUIS GERARDO MEDIOMUNDO MELENDEZ, JEAN CARLOS VILLAVICENCIO VARGAS, JOSÉ DE LA CRUZ TORRES y JEAN CALOS SALAS, titulares de la cédula de identidad números V-19.170.998, 20.273.293, 15.942.978, 8.659.452 Y 15.868.923 en su orden., Contra: el ciudadano EFRAIN MOUCHARFIEH V-20.273.293
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada EFRAIN MOUCHARFIEH CI V-20.273.293 pagarle a los demandantes las cantidades siguientes:
Al ciudadano DANNY JOSE CASTILLO COLON la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVA.....