HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de OFERTA REAL DE PAGO consignada por la parte oferente PARQUE METROPOLITANO DE ARAURE, a favor de la oferida YONASQUI XAVIER APONTE, extinguiéndose de esta forma la instancia conforme a lo dispuesto en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil Venezolano y ordenara el cierre y el archivo del presente expediente, una vez que conste que la parte oferente haya retirado de la oficina de control de consignaciones lo solicitado.
Publicada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y Ejecución de la Circunscripción del estado Portuguesa con sede en Acarigua, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil quince (2015). Siendo las 11:38am se cumplió.