DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos de los actos administrativos dictados en fecha 14 de agosto de 2014, 01 y 10 de septiembre de 2014, y el dictado en fecha 22 de septiembre de 2014 signado con el número 754-2014, perteneciente al expediente 001-2014-05-00005, así como la suspensión de los actos conciliatorios, ordenados por la Inspectoría del Trabajo del estado Portuguesa, hasta tanto haya sentencia definitivamente firme que se pronuncie sobre la legalidad o no de los actos administrativos impugnados todo ello por cumplirse los extremos previstos en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Admini.....